
Valor Abnegación y Disciplina
Documento enviado a la señora MAGDA LILIANA BUENDIA CHACON Procuradora Departamental, denunciando el manejo de los permisos de eventos masivos.

Florencia, agosto 21 de 2012
Doctora
MAGDA LILIANA BUENDIA CHACON
Procuradora Departamental
Florencia.
Respetados dignatarios:
En nuestra calidad de representantes de las instituciones de Socorro de éste Departamento nos permitimos recurrir ante su despacho para expresar nuestra preocupación ante las determinaciones que está tomando carrera en la administración municipal de no exigir las seguridades mínimas para la atención y prevención de los desastres que se puedan presentar en los espectáculos públicos de carácter comercial que se realizan en nuestra capital departamental.
En primer lugar no entendemos cómo en Florencia se autorizan espectáculos públicos sin exigírseles contar con los equipos idóneos para la atención de los primeros auxilios, Transporte Asistencial Básico TAB, control de incendios y evacuación de personal en caso de presentarse situaciones anómalas que ameriten estos servicios, violando así expresos mandatos legales al respecto, y en segundo lugar, dejar constancia ante la autoridad competente del Estado de nuestra preocupación y liberación de responsabilidad de nuestras instituciones en caso de presentarse alguna anomalía, que deje consecuencia que lamentar.
Ha sido casi una constante que los empresarios que organizan espectáculos comerciales en Florencia evadan por todos los medios, contratar los servicios de Socorro con las entidades que en esta ciudad, siendo las especializadas en estas materias, sin que las autoridades municipales (secretaria de gobierno) les exijan cumplir con la prestación de los servicios de socorro de conformidad a lo mormado en expresas normativas, entre ellas: Decreto Nacional 3888 del 10 de octubre de 2007 Art. 19,23,24 Decreto Municipal 0233 del 07 de octubre de 2011 Art. 2,8,9,10,12,14 y 15, evasión que no mide las consecuencia que puedan presentarse en caso de darse un hecho anómalo que afecte la salud y la vida de los asistentes a estas actividades masivas y por ende la tranquilidad ciudadana.
Esto parece, se debe al costo económico que las entidades de socorro cobran por prestar estos servicios, olvidan que los costos son fijados de acuerdo a la cantidad de personas asistentes al evento en particular y la peligrosidad o riesgo que representa:
1) Las entidades de socorro son organismos auxiliares del estado para la prevención y atención de los Desastres y calamidades públicas; que por ley las Entidades territoriales son las primeras respondientes en estos casos.
2) Que las instituciones de Socorro son instituciones Privadas, de carácter voluntario, de servicio social sin ánimo de lucro, que requieren recursos económicos, humanos y materiales para servir a la sociedad.
3) Que la labor que prestan son servicios profesionales especializados, realizados por personal voluntario, debidamente preparado por estos organismos.
4) Que los voluntarios en cada labor humanitaria que prestan requieren gozar de un mínimo de bienestar que las entidades a las que pertenecen no pueden cubrir por no contar con los recursos para estos menesteres, tales como alimentación, refrigerios, agua, seguridad para su vida, transporte, entre otros.
5) Que para prestar los servicios humanitarios la institución de socorro respectiva requiere dotar a su personal voluntario de los equipos, elementos, medicamentos y elementos de seguridad indispensables en cada caso.
6) Que estas entidades no cuentan con el apoyo económico del Estado y menos de los Entes Territoriales locales, a quienes se les ha propuesto, desde hace años, que les otorguen algunos recursos económicos y materiales, en cada vigencia fiscal, para que puedan servir en mejor forma a la sociedad florentina-caquetense.
7) Por tal razón deben autofinanciarse para supervivir y servir.
Tendiente a concretar en estas líneas unas políticas coherentes, estables y claras para las entidades de Socorro, integrantes del sistema de Protección del Riesgo en nuestro Departamento, hemos solicitado al señor Gobernador como a la señora Alcaldesa nos concedan un espacio para tratar, en conjunto, estos asuntos, sin que hasta la fecha no hayan convenido para tratar esta solicitud.
Por nuestra parte, a través de este medio, dejamos en claros que no es nuestro interés sustraernos al servicio que se nos solicite, pero queremos dejar en claro que nuestra misión se encamina a prestar aquellos que se enmarcan en la misión humanitaria que realizamos, pero la prestación de servicios en actividades
Comerciales u especulativas de que se tratan en el Código de Comercio, están sujetos a un costo.
Estamos seguros señor Procurador usted intervendrá para prevenir hechos que se puedan evitar si tenemos conciencia de la responsabilidades que nos caben a todos como guardianes de los intereses colectivos.
HUMBERTO ALTURO TABORDA JAIRO ESCOBAR
Representante Legal Bomberos Florencia Director Defensa Civil – Caquetá
HERNAN ARENAS VEGA
Presidente y Representante Legal Cruz Roja
c.c.
Dr. Héctor Mauricio Cuellar Pinzón - Personero Municipal
Dr. Gustavo Espinosa Ferla - Contralor Departamental
Dr. Manuel Medica Retavisca - Presidente Concejo Municipal de Florencia
TC. Carlos Alberto Vargas Rodríguez - Comandante de Policía Caquetá
Dr. Carlos Iván Márquez – Director Gestión del Riesgo
Dr. Gustavo Ortega – Coordinador Comité Regional
Medios de Comunicación